Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro252773
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Administrativa

El artículo 9o., fracción IV, de la Ley Federal del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, en su texto aplicable, establece que el impuesto se causa sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta, por los ingresos derivados de la venta de medicinas a farmacias, hechas por distribuidores que las adquieran directamente de los fabricantes, siempre que no repercutan el impuesto. Este precepto no exige que haya una declaratoria previa de la Secretaría de Hacienda, para que opera la disposición que establece, ni limita tal disposición a los contratos previamente aprobados por la secretaría, ni exige que todas las operaciones del causante sean idénticas. Luego, cuando el reglamento de ese precepto, en su artículo 6o., habla de presentación de contratos y de declaratoria previa de la secretaría, se trata de un mero requisito de control, que no puede afectar las hipótesis legales de causación, y no de un arbitrio, porque en este caso el reglamento estaría modificando a una ley del Congreso. Así pues, si un causante presenta sus contratos, o su contrato tipo, y obtiene la declaración de ser causante comprendido...

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