Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro253124
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si para sostener la improcedencia de la demanda de amparo, por motivo manifiesto e indudable, se invocan razones que pueden ser materia de debate, ya no se está en presencia del caso previsto por el artículo 145 de la Ley de Amparo, puesto que los adjetivos "manifiesto", significa claro, evidente y el "indudable", a su vez indica cierto, seguro, que no puede dudarse.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Queja 36/77. Secretario de Comunicaciones y Transportes...

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