Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro253421
MateriaDerecho Procesal,Civil

Si bien es cierto que en jurisprudencia definida la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que, cuando se reclama falta de emplazamiento, el quejoso no está obligado a cumplir con el principio de definitividad, este criterio es aplicable cuando se está impugnando esa diligencia después de dictarse sentencia en el juicio generador del amparo, por estarse reclamando la falta de audiencia en el procedimiento civil, y el quejoso ocurre como tercero extraño al juicio y no como parte en el mismo; pero si el emplazamiento es reclamado por una de las partes en el juicio, antes de pronunciarse sentencia, debe cumplirse con el principio de definitividad para preparar la demanda de amparo...

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