Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254092
MateriaDerecho Procesal,Común

No cabe sobreseer, pretendiendo para ello fundarse en los artículos 73, fracción XV, y 74, fracción III, de la Ley de Amparo, cuando la orden que se impugna en el juicio de garantías se apoyó exclusivamente en determinada ley (acerca de la cual no se aduce que establezca ningún recurso), y sólo con posterioridad, en el informe justificado o en el escrito de agravios, se alega la existencia de un recurso, que debe agotarse antes de acudir al amparo, si la ley que instituye tal recurso no se citó, ni se aludió en modo alguno a la misma, al emitir el acto reclamado.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 642/75. S. de México, S.A. 13 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: J.T.M.. Secretario: I.C.O..


Séptima Epoca, Sexta Parte:


Volumen 84, página 67. Amparo en revisión 415/72. Compañía Minera de Cananea, S.A. 19 de enero de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


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