Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254686
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Cuando la jornada de trabajo se desarrolla en etapas discontinuas, esto es, cuando está dividida en dos partes, la falta de asistencia a una de esas partes debe computarse como media falta, que puede ser sumada a otras medias faltas o con otras enteras, para integrar la causal de rescisión prevista en el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, pues de no computarse las medias faltas se haría nugatorio el derecho concedido a los patrones para obtener la asistencia completa de su personal, sin que esto quiera decir que se compute la media falta como falta completa, pero se configura la causal de rescisión, si se vincula una media...

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