Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254828
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa

Si consta de los autos fiscales, particularmente del expediente de inconformidad, que al escrito da la parte quejosa presentando ante el Consejo Técnico, sin dejar claramente establecida la personalidad del promovente, no se dictó algún acuerdo, no digamos en el término señalado anteriormente, sino en el de noventa días en forma de que se hubiere iniciado el procedimiento autorizado por la ley; como el recurso de inconformidad está sujeto a ciertas formalidades, a determinados plazos y concluye con una resolución del Consejo Técnico después de que se rindan las pruebas ofrecidas por el promovente y se recaben los documentos e informes internos consiguientes; no se trata de la simple resolución de la instancia del particular que habrá de recaer, sin sustanciación alguna, a sus pretensiones. En las condiciones apuntadas, la negativa ficta no pudo producirse con efecto de fondo, porque había un vicio procesal que la autoridad tuvo obligación de mandar subsanar como condición previa para que pudiera estudiarse el fondo del negocio, y si el apoderado en su contestación a la demanda sostuvo la legalidad de la negativa ficta considerando que en la especie se configuró como el desechamiento del recurso, ya que no...

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