Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255031
MateriaDerecho Procesal,Penal

El artículo 6o., del Código Penal de Zacatecas establece, en su parte general, que los delitos pueden ser intencionales, no intencionales o culposos y preterintencionales, agregando que es intencional o doloso el que se ejecuta voluntariamente mediante una acción o omisión, queriendo o aceptando el resultado y que es culposo el que se comete sin intención, por imprudencia, imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado y que cause un daño igual o un delito intencional. De ello se advierte que la ley punitiva de Zacatecas establece una primera clasificación de los delitos, en su parte general, conforme a la cual se puede infringir la norma, entre otras cosas, bien actuando intencionalmente para producir el resultado querido, o bien involuntariamente pero causando el daño como consecuencia de la imprudencia, imprevisión, impericia o falta de reflexión o de cuidado; y si de autos aparece que el fiscal le imputó al quejoso una actuación delictiva...

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