Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255242
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Administrativa

La cesión del derecho a producir alcohol sí implica la enajenación o transmisión del dominio sobre ese derecho, que es un derecho mueble desde el momento que versa sobre la facultad legal para producir un bien mueble, como lo es el alcohol. Luego esa enajenación, en principio, si resulta gravable en términos de los artículos 1o., fracción I, y 4o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles y 750, 759 y relativos del Código Civil aplicable en materia federal. Si es bien mueble el derecho que tiene por objeto una cosa mueble, y también por exclusión es bien mueble todo el que no es inmueble, el derecho a producir una cantidad determinada de alcohol es un derecho que tiene por objeto la producción de un bien mueble, que además no podría considerarse sino como bien mueble, ya que sería incorrecto...

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