Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255463
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral, Común

Cuando la Junta no decreta apercibimiento a la demanda en el sentido de tener por ciertos los hechos materia de la inspección, en caso de no exhibir los documentos que deban inspeccionarse, resulta improcedente la solicitud hecha en tal sentido por el oferente de la prueba, independientemente de la legalidad de decretar el apercibimiento porque sea o no procedente la aplicación del artículo 89 del Código Federal de Procedimientos Civiles; además, es incuestionable que en el laudo no es factible resolver tal cuestión, porque éste únicamente debe ocuparse de las relativas al fondo del negocio, no así de las cuestiones procedimentales, mismas que deben resolverse oportunamente y entre las cuales queda incluida la de hacer o no efectivo el apercibimiento que se decrete en relación a la práctica de una inspección, situación que es similar a la declaración de fíctamente confeso...

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