Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255614
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa

Aunque es cierto que, en los términos del artículo 48 de la anterior Ley de Seguro Social, si el aviso de ingreso es posterior al siniestro, en ningún caso se liberará el patrón de la obligación de cubrir el correspondiente capital constitutivo, también es verdad que dicho criterio resulta inaplicable cuando el aviso que se dio tardíamente no fue el de ingreso del trabajador, sino el relativo a la modificación de salario o al cambio de grupo o cotización.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN...

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