Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255640
MateriaDerecho Civil,Penal, Civil

Los alimentos comprende, según el artículo 308 del Código Civil, la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad y, respecto de los menores, los alimentos comprenden, además los gastos necesarios para la educación primaria y para proporcionarles algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales. Por lo tanto, demostrada en autos la necesidad de alimentos que tiene la menor ofendida y la erogación económica que implica sufragarlos, la pensión fijada por el sentenciador en la cantidad de trescientos pesos mensuales, aun cuando baja en su monto, resulta proporcionada a las posibilidades del acusado y a las necesidades de la ofendida, siendo importante observar, que dado lo exiguo de la pensión, su monto no requiere de justificación, pues indudablemente es insuficiente para cubrir los alimentos de la repetida menor.


TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL...

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