Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro255744
MateriaDerecho Procesal,Común

El artículo 74, fracción V, de la Ley de Amparo, establece que la inactividad procesal, sólo motiva o el sobreseimiento del juicio o la caducidad de la instancia, y en este último caso se declarará que ha quedado firme la sentencia recurrida; esto es, de la redacción del mencionado precepto se desprende que el legislador pensó en el juicio de amparo en lo principal o en la revisión de la resolución dictada en la audiencia constitucional. Y como la institución de la caducidad no puede aplicarse por analogía ni por mayoría de razón, es de concluirse que no opera en casos distintos de los...

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