Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256205
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

La fracción III del artículo 159 de la Ley de Amparo, en su primera parte, debe interpretarse en el sentido de que se violan las leyes del procedimiento cuando no se admitan al quejoso las pruebas que legalmente haya ofrecido y no sólo cuando no se le reciban las que le hayan sido admitidas, sin que proceda el amparo indirecto contra la resolución que las desecha, porque la violación que pueda cometerse es posible repararla en el laudo en caso de que éste sea favorable a la pretensión del agraviado, en cuyo caso ningún perjuicio se le causó, pero en la hipótesis contraria puede hacerla valer la violación respectiva en el amparo directo que promueve contra el mencionado laudo. En otros términos, la violación de que se trata no es un acto en el juicio de imposible reparación, que haga procedente el amparo indirecto conforme a los artículos 107 constitucional y 114 fracción IV de la Ley de Amparo.


TRIBUNAL...

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