Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro256971
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Cuando en la demanda de amparo se alega una violación directa a una garantía consagrada en la Constitución, tal cuestión siempre deberá estudiarse en el juicio de amparo, pues aunque determinadas violaciones o preceptos constitucionales pueden y deben ser examinadas por las autoridades y por los tribunales administrativos, por el hecho de que están obligados a observar la Constitución por encima de las leyes secundarias cuya exacta aplicación tutelan ellos, de todos modos es de notarse que el artículo 103, fracción I, de la Constitución Federal, expresamente encomienda a los Tribunales Federales el tutelar, mediante el juicio de amparo, las garantías individuales, por lo que tales tribunales siempre deben examinar las cuestiones relativas cuando les sean planteadas en el juicio de amparo, independientemente de que el quejoso las haya alegado...

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