Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro257434
MateriaPenal

Por disposición constitucional ninguna ley puede tener aplicación retroactiva en perjuicio de persona alguna. En consecuencia, si el reo cometió el delito bajo el imperio del artículo 85 del Código Penal antes de sus reformas, la autoridad encargada de la ejecución de sanciones está obligada a resolver sobre la procedencia de la libertad preparatoria, no obstante que la reforma del precepto relativo niegue dicho beneficio tratándose de delitos en materia de estupefacientes, porque el derecho del acusado no nace al cumplir las dos terceras partes de la condena, sino en el momento de la comisión del delito, pero tal derecho se hace exigible con el aludido cumplimiento. La negativa de la Secretaría de Gobernación a resolver la cuestión con base en la reforma legal posterior a la...

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