Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 2010 (Tesis num. I.13o.T.268 L de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro164483
Número de resoluciónI.13o.T.268 L
Fecha de publicación01 Junio 2010
Fecha01 Junio 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Junio de 2010; Pág. 905
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional

Para estudiar y resolver sobre la inconstitucionalidad de una ley se atiende a dos aspectos: a) características propias de la norma confrontada y, b) las circunstancias generales en función de sus destinatarios, es decir, que se trate de una ley creada mediante el proceso legislativo previsto por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que sea de aplicación general y observancia obligatoria para toda la población, de ahí que se estime que no es legalmente factible establecer la inconstitucionalidad de un contrato ley en función de que, por definición del artículo 404 de la Ley Federal del Trabajo, se trata de un convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el fin de establecer las condiciones conforme a las que debe prestarse el trabajo en una rama específica de la industria, lo que significa que emana de la voluntad de los contratantes, no de un proceso legislativo. Por otra parte, si bien es cierto que cuando se observa el procedimiento previsto por los artículos del 406 al 416 del ordenamiento citado, dicho contrato se declarará obligatorio en una o varias entidades federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas entidades o, en todo el territorio nacional, también lo es que esto aplica únicamente en lo que respecta a las actividades de las empresas dedicadas al ramo de la industria al que corresponda, así como a las personas físicas y morales...

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