Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 1 de Marzo de 2010 (Tesis num. IV.1o.C.103 C de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 01-03-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro164980
Número de resoluciónIV.1o.C.103 C
Fecha de publicación01 Marzo 2010
Fecha01 Marzo 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Marzo de 2010; Pág. 3021
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

El hecho de que la parte demandada se niegue reiteradamente, a pesar de la aplicación de las medidas de apremio, a allegar un documento original para analizar las firmas en él plasmadas, no implica que el resultado del litigio se deje a su voluntad, porque de cualquier manera esa negativa u oposición debe tener una consecuencia jurídica que incida en el resultado del juicio; sin embargo, esto no se plasma expresamente en la ley. No obstante lo anterior, debe apuntarse, que cuando una parte se niegue o se oponga a cumplir con el mandato que le ordene allegar un documento, atendiendo al principio de buena fe del proceso, y ante la ineficacia de los medios de apremio, es menester que los juzgadores se conduzcan conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto es, al resolver la cuestión jurídica de naturaleza civil lato sensu (entre la que se encuentra la ley procesal civil), deberán hacerlo conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley y, a falta de ésta, fundándose en los principios generales del derecho. Así, se da la posibilidad de que apliquen diversos medios de interpretación, y ante la laguna que existe en la codificación adjetiva civil del Estado, en establecer una sanción para el caso de negativa injustificada y contumaz en allegar los documentos originales en detrimento de la parte que pretende demostrar la falsedad de la firma, se tiene que recurrir al método de integración de la norma. Así tenemos que si bien la legislación del Estado de Nuevo León, no contiene norma expresa que precise la consecuencia de la negativa a allegar el original para permitir el desahogo de la prueba pericial grafoscópica que analice la autenticidad de las firmas, debe...

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