Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/69/2014

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ACUERDOS GEN ERAL ES Y J URISDIC CION ALES DE S ALA SUP ERIO R
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/69/2014
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-161
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y 76 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y
18, fracción IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Jus-
ticia Fiscal y Administrativa, al haberse resuelto en el mismo
sentido las quejas 30390/07-17-08-7/2424/09-PL-07-04-QC,
por unanimidad de 11 votos; 23688/08-17-09-2/2673/09-PL-
07-04-QC-QC, por unanimidad de 10 votos a favor;
2313/08-07-02-1/1638/09-PL-09-10-QC-[01], por unanimidad
de 10 votos a favor, 2313/08-07-02-1/1638/09-PL-09-10-
(01)-QC-QC, por unanimidad de 10 votos a favor, se ja la
jurisprudencia VII-J-SS-161, bajo el siguiente rubro y texto:
QUEJA.- ALCANCES DE LOS CONCEPTOS DE
REPETICIÓN, OMISIÓN, DEFECTO Y EXCESO EN
EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS
EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-
Primeramente, en términos de la fracción II del artículo
58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, la instancia de queja tiene como fi nali-
dad el puntual cumplimiento de las sentencias emitidas
por este Tribunal en los cuatro supuestos siguientes:
omisión, repetición, exceso y defecto. De ahí que, la
omisión se actualiza si la autoridad no emitió la reso-
lución defi nitiva en el plazo de cuatro meses contados
a partir de que el fallo quede rme. Por su parte, la

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