Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/28/2015

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ACUERDOS JURISDICCIONALES DE SALA SUPERIOR
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/28/2015
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-193
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
y 18, fracción IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, al haberse resuelto la contra-
dicción de sentencias 2022/13-10-01-2/YOTROS8/1251/14-
PL-04-01, el 25 de febrero de 2015, por mayoría de 6 votos
a favor y 4 votos en contra, se ja la jurisprudencia N° VII-J-
SS-193, bajo el siguiente rubro y texto:
COMPETENCIA.- LAS SALAS DEL TRIBUNAL FE-
DERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA,
NO ESTÁN FACULTADAS PARA ANALIZAR LOS
ACTOS DE LA POLICÍA FEDERAL EN AUXILIO DE
UNA AUTORIDAD ADUANERA. De una interpretación
a los artículos 51 fracción I y antepenúltimo párrafo, de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Adminis-
trativo, 3, 150 y 153 de la Ley Aduanera, las Salas del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no
se encuentran facultadas para analizar la competencia
del personal de la Policía Federal respecto de las ac-
tuaciones que llevaron a cabo para la detención de un
vehículo de procedencia extranjera que tuvieron como
propósito veri car su legal estancia en territorio nacional
en auxilio de las autoridades aduaneras en términos
del numeral 3 referido, toda vez que los actos inheren-

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