Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/83/2014

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TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/83/2014
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VII-J-SS-166
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 77 de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
y 18, fracción IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, al haberse resuelto la con-
tradicción de sentencias 3237/12-17-07-8/YOTRO/562/14-
PL-07-01, el 18 de junio de 2014, por mayoría de 6 votos a
favor y 4 votos en contra, se ja la jurisprudencia VII-J-
SS-166, bajo el siguiente rubro y texto:
JUICIO EN LA VÍA ORDINARIA. PROCEDE CUANDO
LA PARTE ACTORA PROMUEVE EN LA VÍA SUMA-
RIA EN EL TÉRMINO ESTABLECIDO PARA ELLO,
Y NO PUEDA PRESENTAR A SUS TESTIGOS. El 10
de diciembre de 2010 se publicó en el Diario Ofi cial de
la Federación el decreto por el que se implementó la
modalidad del juicio contencioso administrativo en la
vía sumaria, en vigor a partir del 7 de agosto de 2011,
estableciéndose de manera obligatoria para aquellos
casos en que por la materia o la baja cuantía del ne-
gocio resulta conveniente simplifi car la tramitación y
abreviar los plazos del juicio para obtener una solución
pronta a la controversia, atendiendo a los principios
procesales de economía, concentración, celeridad y
efi cacia. Sin embargo, en la fracción VI del artículo
58-3 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso

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