Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Primera Sección. Acuerdo G/S1-5/2021. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-1aS-110

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JURISDICCIONAL 248
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-5/2021
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-1aS-110
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, con relación a los artículos 18 fracción VII y 68
de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Adminis-
trativa; y toda vez que se han resuelto en el mismo sentido,
cinco juicios contencioso administrativos, se ja la jurispru-
dencia número VIII-J-1aS-110, de la Primera Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrati-
va, con los siguientes rubro y texto:
OPERACIONES INEXISTENTES. LA RESOLUCIÓN
DETERMINANTE DEL CRÉDITO FISCAL QUE DERI-
VA DE UNA VISITA DOMICILIARIA, NO REQUIERE
DE LA FUNDAMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 69-B
DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- De la
interpretación armónica a los artículos 42, fracción III,
50 y 69-B, todos del Código Fiscal de la Federación,
se colige que las autoridades scales están facultadas
para practicar visitas a los contribuyentes y revisar su
contabilidad, bienes y mercancías, a n de compro-
bar que han cumplido con las disposiciones scales
correspondientes y, en caso de que conozcan de he-
chos u omisiones que entrañen el incumplimiento de
las mismas, determinarán las contribuciones omitidas

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