Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Primera Sección. Acuerdo G/S1-12/2020. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-1aS-103

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ACUERDO 387
REVISTA NÚM. 48, NOVIEMBRE 2020
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-12/2020
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-1aS-103
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, en relación con los artículos 18, fracción VII,
y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa; y toda vez que se han resuelto en el mismo
sentido cinco juicios contencioso administrativos, se ja la
jurisprudencia número VIII-J-1aS-103, de la Primera Sec-
ción de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, bajo el siguiente rubro y texto:
INCIDENTES FRÍVOLOS.- NO PROCEDE IMPO-
NER SANCIONES ECONÓMICAS CUANDO NO SE
ACREDITE DICHO CARÁCTER.- El artículo 29, últi-
mo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Con-
tencioso Administrativo, establece que cuando la pro-
moción de un incidente sea frívola e improcedente,
se impondrá a quien lo promueva una multa de diez
a cincuenta veces el salario mínimo general diario vi-
gente en el área geográca correspondiente al Dis-
trito Federal. De lo anterior, se tiene que el objeto de
la norma se encuentra encaminado a evitar que ante
este Tribunal se promuevan incidentes que tengan un
n notoriamente dilatorio, ocioso o intrascendente. En
consecuencia, no resulta procedente la imposición de

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