Acuerdo por el que se da a conocer la actualización del Anexo A, denominado Solicitud de traspaso, a que se refiere la regla décima primera de la Circular CONSAR 28-13, Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para el traspaso de cuentas...
Fecha de disposición | 31 Agosto 2006 |
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2006 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización del Anexo A, denominado Solicitud de traspaso, a que se refiere la regla décima primera de la Circular CONSAR 28-13, Reglas generales a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro y las empresas operadoras de la base de datos nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores, modificada y adicionada por la Circular CONSAR 28-14, publicadas el 31 de agosto y el 25 de septiembre, ambas de 2006, respectivamente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DEL ANEXO A, DENOMINADO SOLICITUD DE TRASPASO, A QUE SE REFIERE LA REGLA DECIMA PRIMERA DE LA CIRCULAR CONSAR 28-13, REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERAN SUJETARSE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO Y LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR PARA EL TRASPASO DE CUENTAS INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES, MODIFICADA Y ADICIONADA POR LA CIRCULAR CONSAR 28-14, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE AGOSTO Y EL 25 DE SEPTIEMBRE, AMBAS DE 2006, RESPECTIVAMENTE.
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 5o. fracciones I y II, 12 fracciones I, VIII y XVI, 74, 76, 89 y 90 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 28 fracciones X y XI, 49, 50, 51, 56 fracciones I, II, VI, VII, VIII, XII y XV, inciso b, y 82 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 31 de agosto de 2006, fue publicada, en el Diario Oficial de la Federación, la Circular CONSAR 28-13, Reglas generales a las que deberán sujetarse las Administradoras de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR para el traspaso de cuentas individuales de los trabajadores, modificada y adicionada por la Circular CONSAR 28-14, publicada en el mismo periódico oficial el 25 de septiembre de 2006;
Que la regla Décima Primera de la citada Circular CONSAR 28-13, con sus modificaciones y adiciones, prevé que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro publicará en el Diario Oficial de la Federación las actualizaciones o modificaciones que, en su caso, se realicen al Anexo A denominado Solicitud de traspaso.
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