Selección de artículos transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Infonavit (DOF 6/I/1997)

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas620-620

Límite superior salarial de aportación

Quinto.- El límite superior salarial a que se refiere el artículo 29 fracciones II y III, será de conformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social que entrará en vigor el 1. de julio de 1997, en la parte correspondiente a los seguros de invalidezy vida, cesantía en edad avanzada y vejez.

Entero bimestral de aportaciones y descuentos

Sexto.- La periodicidad del pago de las aportaciones y los descuentos a que se refiere el artículo 35, continuará siendo de forma bimestral hasta que en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado se establezca que la periodicidad de pagos se realizará...

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