Toleran enfermos al volante

AutorValeria Huérfano

¿Qué pasa si una persona padece una enfermedad que implique un riesgo al conducir un vehículo? En Jalisco nada, si al tramitar la licencia no se manifiesta.

La Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco vigente y su reglamento, en los cuales se establece el procedimiento para expedir las licencias, no señalan como un requisito la presentación de un examen médico.

En el artículo 71 del reglamento sólo aparece como una opción que tiene la dependencia para cerciorarse de las condiciones físicas de un solicitante.

En cambio, la obligatoriedad del examen médico es una medida de seguridad vial aplicada para las nuevas licencias y renovaciones en países como Uruguay, Venezuela, España y Chile. Incluso algunos Estados del País ya lo exigen, como Baja California.

Acreditando las condiciones físicas en las que se encuentra el solicitante de la licencia, se pueden prevenir accidentes producidos por la pérdida del control al conducir por ataques cardiacos, comas glucémicos, así como problemas de la vista que pueden escapar a la sencilla prueba que a la fecha se aplica en la Secretaría de Movilidad.

Incluso, en México está sugerida la aplicación de pruebas psicofísicas en la...

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