Acuerdo por medio del cual se autoriza la permuta de un predio propiedad del C. Ernesto Tlapanco Villaseñor y/o José Luis Camacho Novoa, por varios predios propiedad municipal de diversas ubicaciones en el Municipio de Corregidora, Qro.

Pág. 6824 PERIÓDICO OFICIAL 5 de julio de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso
de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Públic a
del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 17 (diecisiete) de junio de 2013 (dos mil trece), el H. Ayuntamiento
de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por medio del cual se autoriza la permuta de un predio propiedad del C.
Ernesto Tlapanco Villaseñor y/o José Luis Camacho Novoa, por varios predios propiedad municipal de diversas
ubicaciones en el Municipio de Corregidora, Qro., con el objeto, entre otros, de la construcción de u n Centro de
Salud, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
“… Miembros del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en la fracción I del artículo 6, 115 fracción I incisos d) y f) de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 2212 y 2216 del Código Civil del Estado de
Querétaro; 2, 4 párrafo primero y 24 de la Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental en el Estado d e
Querétaro; 30 fracción II inciso d), y del 121 al 128 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 10 fracción V y 84
de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro; 1 Fracción II, 28 Fracción IV, 40 del Código Urbano
para el Estado de Querétaro; 15 fracciones VIII, XVII inciso d), XXI, XXV; y 34 numeral 2, fracción IV del Reglamento Interior
del Ayuntamiento de Corregidora, Qro; 21 fracciones VIII, X y XXIV; 27, fracciones I y V., del Reglamento Orgánico de la
Administración Pública Municipal del Municipio de Corregidora, Qro.; Artículo 74 del Reglamento de Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de Corregidora, Qro., corresponde a este H.
Cuerpo Colegiado conocer y resolver el Acuerdo por medio del cual se autoriza la permuta de un predio propiedad del
C. Ernesto Tlapanco Villaseñor y/o José Luis Camacho Novoa, por varios predios propiedad municipal de diversas
ubicaciones en el Municipio de Corregidora, Qro., con el objeto, entre otros, de la construcción de un Centro d e
Salud, y:
C O N S I D E R A N D O
1. Que la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Querétaro la
constituye el Municipio libre, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como lo establece la
2. Que el Municipio tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como lo establecen la Constitución Política de la
Estados Unidos Mexicanos, así como la propia del Estado. El patrimonio del Municipio lo constituyen los b ienes
muebles e inmuebles, recursos e inversiones, así como por los derechos que tenga establecidos a su favor, y que
destine o afecte en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los de los s ervicios públicos o a la
realización de sus objetivos o finalidades de política social o económica.
3. Que los Ayuntamiento son competentes para celebrar en los términos que establece la Ley Orgánic a Municipal del
Estado de Querétaro, convenios con otros Municipios, con el Estado y los particulares, a fin de coordinarse y
asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ej ercicio de las funciones que les
correspondan, o para cualquier otro aspecto de índole administrativo que requiere de auxilio técnico u operativo.
4. Es por ello que el Ayuntamiento es el Órgano de Gobierno cuya finalidad es r eunir y atender las necesidades
colectivas y sociales, teniendo sus integrantes la obligación de vigilar y evaluar la administración pública, con el
propósito de que los habitantes cuenten con los servicios públicos municipales necesari os para su debido desarrollo
social.
5. Que el Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Corregidora de la p resente administración contempla en el eje
rector denominado “Corregidora Progresa”, mediante el rubro de salubridad y asistencia, de forma determinante que,
en la administración pública 2012-2015 “… pondremos especial énfasis en el adecuado cuida do de la salud de
nuestros habitantes…”
6. Que con fecha 18 de abril del presente año, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, el oficio SEGOB/133/2013,
signado por el Lic. Miguel Angel Pérez Herrera, Secretario de Gobierno del municipio de Corregidora, Qro., mediante
el cual manifiesta que siendo una de las facultades conferidas a la secretaría a su car go, es el coordinar la
participación de la ciudadanía en los programas de desarrollo municipal, tal com o lo establece el artículo 30 fracción I

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