Acuerdo por el que se autoriza a la empresa 'Residencial Tlalmanalco', S. A. de C. V. el conjunto urbano de tipo habitacional de interés social denominado 'Villas del Volcán', ubicado en el municipio de Tlalmanalco, Estado de México

t
lID OS
92
DEL GOBIERNO
CETA
ESTADO DE MÉXICO
-----------
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXCVIII
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
Toluca de Lerdo, Méx., martes 7 de octubre de 2014
No. 70
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
SUMARIO:
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA EMPRESA
"RESIDENCIAL TLALMANALCO", S.A. DE C.V. EL CONJUNTO
URBANO DE TIPO HABITACIONAL DE INTERÉS SOCIAL
DENOMINADO "VILLAS DEL VOLCÁN", UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE TLALMANALCO, ESTADO DE MÉXICO.
AVISOS JUDICIALES: 4021, 1118-A1, 4043, 4044, 3930, 1070-Al , 3960,
559-B1, 561-BI, 562-BI, 563-B1, 564-B1, 1031-A1, 3797, 3799, 560-B1,
3947, I 077-A 1, 3949, 1080-A1, 3948 y 1114-Al .
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 4054, 1094-Al, 3967,
3980, 1079-Al, 3938, 3955, 1082-A1, 1116-Al, 1117-A1 y 1100-Al.
"2014. Año de los Tratados de Teoloyucan"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO
LICENCIADA
LINALOE MERIT RIVERA ÁVILA
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
"RESIDENCIAL TLALMANALCO", S.A. DE C.V.
PRESENTE
Me refiero a su formato y escrito recibidos con números de folios 4100/2014 y ACU/007/14, por los que solicita a la Dirección
General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, autorización para llevar a cabo el
desarrollo de un proyecto de Conjunto Urbano de tipo habitacional de interés social denominado
"VILLAS DEL VOLCÁN",
para desarrollar 742 viviendas, en un terreno con superficie de 105,632.41 M
2
(CIENTO CINCO MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS), ubicado en Camino a Santa María sin número,
Municipio de Tlalmanalco, Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XVII, define al conjunto urbano como "la
modalidad que se adopta en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar o reordenar, como una
unidad espacial integral, el trazo de la infraestructura vial, la división del suelo, las normas de usos, aprovechamientos y
destinos del suelo, las obras de infraestructura, urbanización y equipamiento urbano, la ubicación de edificios y la imagen
urbana de un predio ubicado en áreas urbanas o urbanizables".
Que el mismo ordenamiento legal, en su artículo 5.38 fracción VIII, establece que la autorización del conjunto urbano
comprenderá según el caso, las autorizaciones relativas a la lotificación en condominios, subdivisiones, fusiones y apertura,
ampliación o modificación de vías públicas, usos específicos del suelo y sus normas de aprovechamiento, cambios de uso

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR