Tira Corte a Edil en Querétaro

AutorVíctor Fuentes

La Suprema Corte ordenó ayer destituir y consignar ante un juez federal por el delito de abuso de autoridad a la Alcaldesa de Pedro Escobedo, la priista Graciela Juárez, así como a otros tres funcionarios que habrían desacatado una sentencia de amparo en favor de una empresa.

Además de la Edil, los involucrados son el dirigente del PRI en Querétaro y ex Alcalde de Pedro Escobedo, Alonso Landeros, así como el secretario de Finanzas del tricolor en esa entidad y ex Tesorero del mismo municipio, José Jaime Sixtos, y la actual Tesorera, Aideé Verónica Corona.

Por siete votos contra tres, el Pleno de la Corte determinó que los funcionarios son responsables de desacato a una sentencia de amparo, ya que durante sus respectivas gestiones el municipio no reembolsó 326 mil 586 pesos a la empresa Iacna México II S. de R. L.

Dicha empresa, que se dedica a la maquila de asientos y accesorios para automóviles, ganó un amparo contra el pago de alumbrado público, y desde el 9 de mayo de 2012 el municipio ha estado obligado al reembolso sin que hasta la fecha se hubiera registrado alguna acción tendiente a dar cumplimiento a la sentencia.

Landeros y Sixtos ocuparon sus cargos en el municipio hasta octubre de 2012, es decir, incumplieron el amparo durante casi cinco meses. En marzo pasado, Landeros fue electo Presidente del Comité Directivo Estatal del PRI en el periodo 2013-2017 y designó a Sixtos como su secretario de Finanzas.

Por su parte, la Alcaldesa Juárez ganó las elecciones en julio de 2012 con el 31.2 por ciento de los votos para ocupar el cargo de octubre de 2012 hasta 2015.

La Edil de Pedro Escobedo quedará oficialmente destituida cuando la Corte notifique la versión final de su sentencia al Ayuntamiento, que de acuerdo al artículo 36 de la Constitución de Querétaro, deberá nombrar a un regidor para reemplazarla.

La sentencia de la Corte implica que el expediente será directamente consignado al Juez de Distrito en turno en la ciudad de Querétaro para que ordene la aprehensión de los cuatro implicados, quienes podrán enfrentar su proceso en libertad porque el delito que se les imputa no es considerado grave.

La pena prevista por este delito en el artículo 215 del Código Penal Federal es de dos a nueve...

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