Tipos de familia en México

AutorAlberto Cázarez
CargoMaestro en derecho laboral Maestro en derecho corporativo y doctorando en derecho procesal CEO & FOUNDER Consultores Empresariales COMAC SA de CV y asesor congreso de la Unión LXV Legislatura
Páginas74-75
Tipos de familia en México
Alberto Cázarez
Maestro en derecho laboral
Maestro en derecho corporativo y
doctorando en derecho procesal
CEO & FOUNDER Consultores
Empresariales COMAC SA de CV y ase-
sor congreso de la Unión
LXV Legislatura
conformación de la familia y su
reconocimiento jurídico. Existen
muchos rubros para entender,
analizar y resolver; citamos algunos,
como el género y su defensa, el interés
superior de la niñez y su ponderación
por parte del estado mexicano, el
concubinato y su equivalencia de
hecho, con el matrimonio, el poliamor
y su reconocimiento parcial, entre
otros, estos temas nos obligan a
pensar e insistir sobre la urgencia de
apuntalar la protección jurídica de la
familia, en nuestro país.
Nuestra Carta Magna es muy clara
en cuanto al alcance y protección de
los derechos humanos, privilegia
algunos intereses, sin embargo, el
que nos atañe es el reconocimiento
de la familia, en la actualidad en los
diversos órganos jurisdiccionales, se
sujetan a la interpretación estricta de
leyes, reglamentos y nuestra propia
Carta Magna.
Citaremos algunos numerales y su
codicación, ley, constitución, tratado
internacional, etc.
Artículos: 3 y 4 de nuestra Carta
Magna
Artículo 3o. (…)
c) Contribuirá a la mejor convivencia
humana, a n de fortalecer el aprecio
y respeto por la naturaleza, la
diversidad cultural, la dignidad de la
persona, la integridad de las familias,
la convicción del interés general de la
sociedad, los ideales de fraternidad
e igualdad de derechos de todos,
evitando los privilegios de razas, de
religión, de grupos, de sexos o de
individuos;
Artículo 4o. (…)
La mujer y el hombre son iguales ante
la ley. Ésta protegerá la organización
y el desarrollo de la familia.
Artículos 146, 147 y 148 de nuestro
Código Civil Federal:
CAPITULO II
De los Requisitos para contraer
Matrimonio
Artículo 146.- El matrimonio debe
celebrarse ante los funcionarios que
establece la ley y con las formalidades
que ella exige.
Artículo 147.- Cualquiera condición
contraria a la perpetuación de la
especie o a la ayuda mutua que se
deben los cónyuges, se tendrá por no
puesta.
Artículo 148.- Para contraer
matrimonio es necesario haber
cumplido dieciocho años de edad.
(Artículo reformado DOF 14-03-1973,
23-12-1974, 09-04-2012, 03-06-2019)
Analizando el contenido de los
numerales transcritos en líneas
anteriores y tomando como partida su
contenido, llegamos a un fascinante
contenido jurídico que protege el
matrimonio, sin embargo, se genera
un abismo, pues se indica que la
familia deviene de la celebración
del matrimonio, ahora bien, de la
interpretación de los numerales del
código civil citados con anterioridad,
para celebrar matrimonio y en
consecuencia crear una familia, se
requiere la sanción de una autoridad
o funcionario determinado en la ley,
respetando toda formalidad que el
matrimonio requiere, además, se
solicita no soslayar la perpetuación
de la especie, quiero creer, esta
perpetuación puede ser biológica
o jurídica y tener un mínimo de
18-dieciocho años de edad, lo cual
me hace reexionar, que, están
considerando que el matrimonio,
no solo puede ser celebrado entre
personas de sexos opuestos y que este
surge con la intención de crear vida en
común y en algunos casos perpetuar
la especie, no solo de forma biológica,
teniendo como opción efectiva, la
adopción, con lo cual dejan abierta
la posibilidad de generar familias
respetando la identidad de aquellos
que deseen unirse en matrimonio.
No podemos apartarnos del fondo
del presente ensayo, los tipos de
familia en México, recordemos que
unirse y formar una familia, no puede
ser sujeto a contraer matrimonio,
con lo cual nos encontramos en una
ausencia de tutela jurídica en la
normatividad mexicana, la cual debe
clasicar diversos tipos de familia y
El punto de partida se encuentra
en comprender la problemática
que representa para la sociedad,
el conicto de intereses sociales y hu-
manos, ante el incesante cambio e in-
cremento en los tipos de familia, así
como la repercusión y como impactan
directamente dichos cambios con los
menores de edad, quienes pueden
estar según el caso, inmersos en es-
tos tipos de familia o expuestos a las
mismas, en este ensayo no se trata de
defender el interés superior del niño
ante estas corrientes y actualizaciones
sociales, sino comprender la urgente
regulación que debemos implemen-
tar en el derecho Mexicano a n de
no soslayar derechos inherentes al ser
humano.
La sociedad mexicana cruza una
metamorfosis en cuanto a la
-edicta-Enero-2023
74

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR