Tipos de Contribuciones

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas26-27
GUÍA INTEGRAL DE IMPUESTOS DE LAS PERSONAS MORALES 2012
INSTITUTO
26
2.3. CFF - Tipos de Contribuciones:
Clasificación de las
Contribuciones
(ART-2 CFF):
I. Impuestos:
Contribuciones
establecidas en
Ley:
Que deben pagar PF y PM que se encuentren en la situa-
ción jurídica o de hecho prevista por la misma, distintas de
las FS-II, III y IV.
II. Aportaciones de
Seguridad Social:
A cargo de personas que son sustituidas por el Estado en
el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en ma-
teria de seguridad social o a las personas que se benefi-
cien en forma especial por servicios de seguridad social
proporcionados por el mismo Estado. *
III. Contribuciones
de Mejoras:
A cargo de PF y PM que se beneficien de manera directa
por obras públicas.
IV. Derechos:
Por el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio
público de la nación, por recibir servicios que presta el
Estado en sus funciones de derecho público, excepto que
se presten por organismos descentralizados (por contra-
prestaciones que no se encuentren previstas en la LFD) y
contribuciones a cargo de los organismos públicos des-
centralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
*Si la seguridad social la proporcionan organismos descentralizados, las contribuciones tendrán
la naturaleza de aportaciones de seguridad social.
Recargos
Participan de la naturaleza
de las contribuciones.
Sanciones
Gastos de ejecución
Indemnización (ART-21 CFF)
Cuando en el CFF se haga referencia a contribuciones se entenderá que no se incluyen acceso-
rios, excepto lo dispuesto en el ART-1º.
Aprovechamientos
y Productos
(ART-3 CFF):
Aprovechamientos:
Ingresos percibidos por
el Estado por funciones
de derecho público dis-
tintos de:
Contribuciones.
Ingresos derivados de financiamientos.
Ingresos de los que obtengan los organismos
descentralizados y las empresas de participa-
ción estatal.
Accesorios:
Recargos
Si se aplican en relación
con aprovechamientos, son
accesorios de éstos y parti-
cipan de su naturaleza.
Sanciones
Gastos de ejecución
Indemnización (ART-21 CFF)
Aprovechamientos por multas derivadas de
infracciones a disposiciones legales o regla-
mentarias que no sean fiscales:
Se podrán destinar a cubrir gastos de operación
e inversión de las dependencias encargadas de
aplicar o vigilar el cumplimiento de las disposi-
ciones que la originaron, cuando este destino se
especifique en las disposiciones jurídicas.
Productos:
Contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones
de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación
de bienes del dominio privado.
Créditos Fiscales
(ART-4 CFF):
Definición:
Los que tenga derecho a percibir el Estado o sus organismos descentrali-
zados, provenientes de contribuciones, aprovechamientos o sus acceso-
rios, incluso los derivados de responsabilidades que el Estado tenga dere-
cho a exigir de sus servidores públicos o de los particulares, así como de
aquéllos a los que las leyes den ese carácter y el Estado tenga derecho a
percibir por cuenta ajena.
Recaudación de todos los ingresos de la Fe-
deración:
Se hará por la SHCP o por las oficinas que auto-
rice, aun cuando dichos ingresos se destinen a
un fin específico.
Autoridades que remitan créditos fiscales al
SAT para su cobro:
Deberán cumplir con los requisitos establecidos
mediante reglas.

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