Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.

Fecha de publicación15 Marzo 2023
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN
LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados UnidosMexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco deMéxico, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $18.6427 M.N. (dieciocho pesos con seis mil cuatrocientos veintisiete diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 14 de marzo de 2023.- BANCO DE MÉXICO: Gerente de Disposiciones de Banca Central, Lic. Fabiola Andrea Tinoco Hernández.- Rúbrica.- Gerente de Operaciones Nacionales, Lic. Mayte Rico Fernández.- Rúbrica.

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