Tiendas sin ley

AutorLeticia Fernández

- Las tiendas en los penales no tienen regulación alguna, sólo el Artículo 29 del Reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del DF, aprobado desde 1990, señala:

- "En los reclusorios y centros de readaptación social, las tiendas que expendan a los internos artículos de uso o consumo deberán ser administradas, supervisadas y financiadas de acuerdo al sistema de tiendas del Departamento del Distrito Federal.

- "En ellas podrán prestar sus servicios los propios reclusos. Todos los productos deberán estar etiquetados con los...

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