NOM-001-ENER-2014: Eficiencia Energética de Bombas Verticales Tipo Turbina con Motor Externo Eléctrico Vertical. Límites y Método de Prueba.

DependenciaFederal
ClaveNOM-001-ENER-2014
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaFabricación de Equipo de Generación Eléctrica y Aparatos y Accesorios Eléctricos
ProductoBombas

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, con fundamento en los artículos: 33 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6, 7 fracción VII, 10, 11 fracciones IV y V y Quinto transitorio de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, 1, 38 fracción II y IV, 40 fracciones I, X y XII, 41, 44, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 inciso F, fracción IV, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía y ACUERDO por el que se delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de julio de 2014; expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-ENER-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA DE BOMBAS VERTICALES TIPO TURBINA CON MOTOR EXTERNO ELÉCTRICO VERTICAL. LÍMITES Y MÉTODO DE PRUEBA

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, define las facultades de la Secretaría de Energía, entre las que se encuentra la de expedir normas oficiales mexicanas que promueven la eficiencia del sector energético;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización señala como una de las finalidades de las normas oficiales mexicanas el establecimiento de criterios y/o especificaciones que promuevan el mejoramiento del medio ambiente, la preservación de los recursos naturales y salvaguardar la seguridad al usuario;

Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-ENER-2013, Eficiencia energética de bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical. Límites y método de prueba; lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2014, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el Comité, realizándose las modificaciones conducentes al referido proyecto de Norma Oficial Mexicana. Las respuestas a los comentarios recibidos fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 2014, y

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, se expide la siguiente NOM-001-ENER-2014, Eficiencia energética de bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical. Límites y método de prueba.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 22 de julio de 2014.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Odón Demófilo de Buen Rodríguez.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-ENER-2014, EFICIENCIA ENERGÉTICA DE BOMBAS VERTICALES TIPO TURBINA CON MOTOR EXTERNO ELÉCTRICO VERTICAL. LÍMITES Y MÉTODO DE PRUEBA

PREFACIO

La presente Norma fue elaborada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:

· ASOCIACIÓN DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, A.C.

· BOMBAS GRUNDFOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

· BOMBAS RODASE

· BOMBAS SUÁREZ, S.A. DE C.V.

· BOMBAS VERTICALES BNJ, S.A. DE C.V.

· FUERZA HIDRÁULICA S.A. DE C.V.

· GRUPO INDUSTRIAL GM, S.A. DE C.V.

· RUHRPUMPEN S.A. DE C.V.

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

    4.1 Bomba

    4.2 Bomba vertical tipo turbina con motor externo eléctrico vertical

    4.3 Carga

    4.4 Carga de velocidad (hv)

    4.5 Carga total de bombeo (H)

    4.6 Condiciones estables

    4.7 Corriente eléctrica (I)

    4.8 Eficiencia de la bomba (hb)

    4.9 Eficiencia total (hT)

    4.10 Factor de potencia (fp)

    4.11 Flujo, capacidad o gasto (qv)

    4.12 Velocidad de rotación (n)

    4.13 Nivel de referencia

    4.14 Nivel dinámico (ND o Zd)

    4.15 Potencia de entrada a la bomba (Peb)

    4.16 Potencia de entrada al motor (Pe)

    4.17 Potencia de salida de la bomba (Ps)

    4.18 Punto óptimo

    4.19 Tamaño

    4.20 Tensión eléctrica (V)

  6. Clasificación

  7. Especificaciones

    6.1 Determinación de la eficiencia

    6.2 Valores mínimos de eficiencia para bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical

    6.3 Número de pasos

    6.4 Materiales de fabricación para el tazón e impulsor

    6.5 Velocidad de prueba

  8. Muestreo

  9. Criterios de aceptación

  10. Método de prueba

    9.1 Requerimientos para la prueba

    9.2 Condiciones de la prueba

    9.3 Métodos de medición

    9.4 Verificación de la eficiencia garantizada

    9.5 Informe de la prueba

    9.6 Cálculos

  11. Marcado

    10.1 Datos característicos de placa

  12. Vigilancia

  13. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

  14. Bibliografía

  15. Concordancia con normas internacionales

  16. Transitorios

    Apéndice A

    Apéndice B

  17. Introducción

    Esta Norma Oficial Mexicana tiene como finalidad establecer la mínima eficiencia energética de las bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos a efecto de ahorrar energía para contribuir a la preservación de los recursos energéticos y la ecología de la Nación, además de proteger al consumidor de productos de menor calidad y consumo excesivo de energía.

  18. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana fija los valores mínimos de eficiencia energética que deben cumplir las bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical y establece el método de prueba para verificar en laboratorio dicha eficiencia.

  19. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana aplica únicamente a bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical, distribuidas y vendidas en los Estados Unidos Mexicanos, para el manejo de agua limpia con las propiedades que se especifican.

  20. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana deben consultarse y aplicarse las siguientes Normas Oficiales Mexicanas vigentes o las que la sustituyan:

    NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida.

    NOM-016-ENER-2010, Eficiencia energética de motores de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 a 373 kW. Límites, método de prueba y marcado.

  21. Definiciones

    Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se establecen las siguientes definiciones y unidades:

    4.1 Bomba

    Máquina hidráulica que convierte la energía mecánica en energía de presión, transferida al agua.

    4.2 Bomba vertical tipo turbina con motor externo eléctrico vertical

    Diseño específico de una bomba centrífuga que opera con el eje de rotación vertical y parcialmente sumergida en el fluido que maneja, su mayor aplicación es la extracción de agua de pozos profundos para irrigación, abastecimiento municipal y abastecimientos industriales.

    4.3 Carga

    Es el contenido de energía mecánica que requiere la bomba para mover el agua desde el nivel dinámico hasta el punto final.

    4.4 Carga de velocidad (hv)

    Es la energía cinética por unidad de peso del líquido en movimiento. Es expresada por:

    donde:

    hv Carga de velocidad, en m;

    v Velocidad del agua dentro de la tubería, en m/s;

    g Aceleración de la gravedad (g=9,80665 m/s2, a nivel del mar).

    4.5 Carga total de bombeo (H)

    Está dada por la suma algebraica de la presión manométrica medida a la descarga (convertida en metros de columna de agua y corregida con la altura a la línea de centros de la toma de señal de presión), el nivel dinámico, las pérdidas por fricción en la columna y la carga de velocidad. Su expresión matemática es:

    donde:

    H Carga total de bombeo, en m;

    Pgd o Pm Presión en la descarga, en metros de columna de agua (m.c.a.), se mide directamente en el manómetro colocado inmediatamente después del cabezal de descarga (ver figura 1). Normalmente la medición se realiza en kg/cm2, referirse al apéndice para consultar los factores de conversión;

    Zd o ND Nivel dinámico en m;

    hfc Pérdidas por fricción en la columna en m.c.a. Se determina por medio de las tablas del apéndice B. Para efectos de esta Norma, las pérdidas en el codo de descarga y otros accesorios no se consideran por ser poco significativas;

    hv Carga de velocidad, en m.

    Figura 1.- Medición de la carga total de descarga en una bomba vertical tipo turbina

    4.6 Condiciones estables

    Es cuando las señales entregadas por los instrumentos de medición cumplen con las oscilaciones y variaciones permitidas, ver el punto 9.2.4.

    4.7 Corriente eléctrica (I)

    Su unidad práctica es el amper. Es la intensidad de corriente que pasa a través de un conductor con resistencia R y cuya diferencia de potencial...

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