Tesis VII/2023, Tribunal Electoral de la Federación, 09/08/2023

Fecha09 Agosto 2023
EmisorSALA SUPERIOR

M. y otrosvs.Tribunal Electoral del Estado de MichoacánTesis VII/2023

PRUEBA DE CONTEXTO. METODOLOGÍA PARA SU ANÁLISIS ANTE PLANTEAMIENTOS DE NULIDAD DE ELECCIÓN Y/O SITUACIONES DE DIFICULTAD PROBATORIA. Hechos: En diversos asuntos, se impugnaron sentencias de tribunales electorales locales en donde se alegó que no se consideró adecuadamente lo que denominaron “prueba contextual” o “prueba de contexto”, para acreditar hechos vinculados con irregularidades graves y determinantes para la validez del proceso electoral. Al analizar el planteamiento de nulidad de la elección por supuestos actos de violencia generalizada y por la intervención de personas vinculadas a grupos de la delincuencia organizada en las elecciones, la Sala Superior consideró necesario precisar aspectos metodológicos vinculados al análisis contextual.

Criterio jurídico: La prueba de contexto o análisis contextual deberá considerar los siguientes elementos metodológicos: 1. Distinguir entre los hechos contextuales o periféricos, entendidos como circunstancias o condiciones macro políticas o estructurales que se refieren a hechos públicos, notorios o conocidos que no requieren un estándar de prueba estricto sino general, y los hechos específicos que respaldan las pretensiones de las partes, que se inscriben en los hechos contextuales y tienen un carácter representativo de éstos y no de conductas o hechos aislados; 2. La acreditación tanto de los hechos contextuales como de los específicos, estos últimos a partir del análisis y valoración individual y conjunta de las pruebas aportadas, así como de las inferencias que puedan derivarse de los hechos contextuales; y 3. La correlación entre los hechos contextuales y específicos mediante la valoración de los siguientes elementos, a partir de un estándar basado en el balance de probabilidades, y a fin de confirmar razonablemente la hipótesis principal de la parte promovente, así como descartar otras que resulten menos plausibles: a) la existencia de una narrativa coherente y verdadera apoyada en elementos mínimos de los que pueda desprenderse un contexto de posibles violaciones sistemáticas o generalizadas de derechos fundamentales (por ejemplo, aquellos derivados de informes, relatorías o estudios de organizaciones nacionales o internacionales, artículos académicos, entre otros); b) la configuración, a partir de dicha narrativa, de un caso complejo (por tratarse del análisis de una pluralidad de hechos, conductas, personas, ámbitos...

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