Tesis num. XXX.3o.2 C (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 11-02-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación11 Febrero 2022
MateriaCivil
EmisorTercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito
Hechos

En un juicio especial de alimentos se determinó fijar una pensión alimenticia para dos menores de edad, a cargo de su progenitor, en un monto del treinta y nueve porciento de sus ingresos totales. Inconforme, el deudor alimentario acudió al amparo aduciendo, entre otros argumentos, que el Juez familiar, al resolver sobre la fijación de la pensión, omitió considerar que, además de los infantes referidos, tenía a su cargo la obligación de otorgar alimentos a sus otros tres hijos, uno de los cuales resultó ser también menor de edad; situación que no fue verificada por el Juez responsable.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se demuestre la existencia de diversos acreedores, aunque éstos no sean parte del juicio especial de alimentos, el Juez familiar, a fin de salvaguardar sus intereses, debe verificar si dicha obligación continúa o no vigente, para establecer correctamente el monto de la pensión alimenticia en favor de los menores de edad que la solicitan, pues uno de los elementos que es necesario tomar en consideración para determinar la proporcionalidad de los alimentos, es el número de los acreedores que tienen derecho a recibirlos, máxime cuando alguno de éstos es menor de edad.

Justificación: Lo anterior, porque la...

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