Tesis num. XVII.2o.2 P (11a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 10-09-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación10 Septiembre 2021
EmisorSegundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito
MateriaConstitucional, Penal

Hechos: El quejoso reclamó en el juicio de amparo indirecto el auto de vinculación a proceso dictado por un Juez de Garantía que suspendió la audiencia relativa, con la justificación de que no había obligación de resolver su situación jurídica dentro de las setenta y dos horas o ciento cuarenta y cuatro horas, pues al no encontrarse detenido no se contravenía el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Juez de Distrito negó la protección constitucional y en su contra se interpuso recurso de revisión.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la suspensión de la audiencia en la que habrá de resolverse sobre la vinculación a proceso, viola el principio de concentración previsto en el artículo 20 de la Constitución General.


Justificación: Lo anterior es así, porque el Juez de Garantía, al suspender la referida audiencia que se desahoga dentro del plazo constitucional y, posteriormente, señalar nueva fecha y hora para su continuación, contraviene la finalidad del principio de concentración, consistente en que en el menor número de audiencias se efectúen el mayor número de actuaciones. Más aún, si la primera audiencia fue programada para resolver la situación jurídica del imputado dentro del plazo a que se refiere el artículo 19 de la Constitución General, pues no existe...

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