Tesis num. XI.P.7 P (11a.) de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, 16-02-2024 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación16 Febrero 2024
MateriaComún, Penal
EmisorTribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito

Hechos: A una persona se le dictó sentencia condenatoria y, al momento de individualizar la sanción penal, el Tribunal de Enjuiciamiento determinó ubicarla en un grado de culpabilidad máximo, para lo cual ponderó la información que conoció de las pruebas desahogadas en la audiencia de juicio –debate–; sentencia que fue impugnada a través del recurso de apelación, en el cual la Sala responsable estableció que al no haberse producido prueba durante la audiencia de individualización de sanciones y de reparación del daño con el objetivo de acreditar el grado de culpabilidad del sentenciado, debía fijarse en el mínimo.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Tribunal de Enjuiciamiento, para establecer el grado de culpabilidad del sentenciado al individualizar la sanción penal, puede considerar la información que conoció de las pruebas desahogadas en la audiencia de juicio, que resulte idónea para normar su criterio, siguiendo las pautas normativas que para el efecto prevé el artículo 410 del Código Nacional de Procedimientos Penales.Justificación: Tomando en consideración que para el dictado de la sentencia condenatoria en el sistema penal acusatorio, el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el capítulo VI, denominado: "Deliberación, fallo y sentencia", del título VIII, intitulado: "Etapa de juicio", estableció la celebración de tres audiencias que se desarrollan dentro de la etapa de juicio, a saber: de juicio –relativa al fallo de...

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