Tesis num. VIII.1o.C.T.1 L (11a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Octavo Circuito, 20-05-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación20 Mayo 2022
MateriaLaboral
EmisorPrimer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Octavo Circuito
Hechos

Un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público promovió juicio de amparo directo en contra de una resolución en la que la Junta determinó que era improcedente la tercería de preferencia que instauró respecto de un embargo que se practicó en bienes del patrón, con motivo del incumplimiento de un convenio celebrado fuera de juicio con su trabajador, pues la tercerista argumentó que su derecho es preferente, en atención a que el crédito fiscal es anterior a la celebración de ese pacto, además de que, en su opinión, la pena convencional acordada no cuenta con ese privilegio.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el crédito laboral a favor del trabajador derivado del incumplimiento del convenio y la pena convencional pactados, es preferente respecto del crédito fiscal determinado por el órgano desconcentrado antes referido.

Justificación: Lo anterior, porque de acuerdo con lo señalado en el artículo 123, apartado A, fracción XXIII, de la Constitución General, en relación con el diverso 113 de la Ley Federal del Trabajo, el Convenio Número 173 sobre la Protección de los Créditos Laborales en caso de Insolvencia del Empleador, artículos 5, 6 y 8, así como la Recomendación 180 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la que se establecieron directrices más detalladas para la aplicación del citado instrumento internacional, se desprende que el crédito a favor de los trabajadores tiene preferencia sobre cualquier otro, incluidos los que disfruten de garantía real, los...

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