Tesis num. VII.1o.T.7 L (11a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 08-09-2023 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación08 Septiembre 2023
MateriaLaboral
EmisorPrimer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito
Localizador[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
Hechos

La Comisión del Agua del Estado de Veracruz promovió juicio de amparo indirecto ostentándose como tercera extraña a juicio por equiparación, al referir que tuvo conocimiento del procedimiento laboral después de la emisión del laudo y solicitó la suspensión de su ejecución. El Juez de Distrito negó dicha medida por el monto para garantizar la subsistencia del trabajador durante la tramitación del juicio, aplicando de manera analógica el artículo 190 de la Ley de Amparo y la concedió por el resto de la condena. Contra esa decisión la quejosa interpuso recurso de revisión.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el tercero extraño a juicio por equiparación debe garantizar la subsistencia del trabajador para la concesión de la suspensión contra la ejecución de un laudo en el juicio de amparo indirecto.

Justificación: El artículo 190, segundo párrafo, de la Ley de Amparo (aplicado analógicamente al juicio de amparo indirecto), dispone que la suspensión del acto reclamado en materia de trabajo se concederá en los casos en que no se ponga al trabajador en peligro de no poder subsistir mientras se resuelve el juicio. Así, dicha disposición es aplicable cuando la protección de la Justicia Federal es solicitada por un tercero extraño al juicio de origen por equiparación, porque si bien no intervino en éste al no habérsele llamado o haber sido emplazado de forma contraria a la ley, no es ajeno al proceso natural, al instaurarse la demanda en su contra y, por ende, es requisito que garantice la subsistencia del trabajador; caso contrario sucede con el extraño a juicio, quien sí está exento de garantizar la subsistencia, porque se trata de aquella persona que no formó parte en el procedimiento laboral y sufre un perjuicio con el laudo que se pretenda ejecutar.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Incidente de suspensión (revisión) 9/2023. Comisión del Agua del Estado de Veracruz. 24 de mayo de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: D.G.L.H.. Secretario: J.A.G.P..

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