Tesis num. V.2o.C.T.1 L (11a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Quinto Circuito, 13-05-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación13 Mayo 2022
MateriaComún
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Quinto Circuito
Hechos

En un juicio de amparo directo promovido por el patrón contra el laudo que lo condenó a reinstalar al trabajador y al pago de diversas prestaciones económicas, derivado de su fallecimiento, el beneficiario solicitó se garantizara su subsistencia en términos del artículo 190, párrafo segundo, de la Ley de Amparo. La Junta negó dicha petición, al considerar que conforme a la literalidad de ese precepto sólo procede garantizar la subsistencia del trabajador, pero no de su beneficiario.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que de la interpretación conforme del segundo párrafo del artículo 190 de la Ley de Amparo, procede conceder la suspensión en el juicio de amparo directo promovido por el patrón contra la ejecución del laudo, si garantiza la subsistencia del beneficiario del trabajador fallecido.

Justificación: Ello es así, pues de la interpretación conforme de dicho precepto con los principios de subsistencia y vida decorosa contenidos en los artículos 1o. y 123, apartado A, fracción VI, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se colige que la protección que aquél prevé incluye a los beneficiarios del trabajador...

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