Tesis num. PR.P.T.CN. J/1 L (11a.) de Plenos Regionales, 12-04-2024 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación12 Abril 2024
MateriaLaboral
EmisorPlenos Regionales

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la legislación aplicable cuando un trabajador demanda la basificación o el reconocimiento de que es de base. Mientras que uno determinó que debe aplicarse la vigente al momento en que se presentó la demanda, esto es, la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, en vigor a partir del 9 de mayo de 2014, el otro sostuvo que es aplicable la vigente al momento en que el trabajador ingresó a prestar sus servicios, esto es, la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California.Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que el juicio laboral en el que se demande la basificación o el reconocimiento de que se es trabajador de base debe tramitarse conforme a la ley vigente al momento en que el trabajador ingresó a prestar sus servicios.Justificación: El artículo 9 de la entonces Ley del Servicio Civil de los Trabajadores de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, establecía que si las funciones que realizaba un trabajador al servicio del Estado eran de base y se prolongaban por más de seis meses, debía contemplarse su plaza en el presupuesto de egresos correspondiente al siguiente ejercicio fiscal como trabajador de base.El 9 de mayo de 2014 entró en vigor la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, que regula diversos mecanismos para identificar a los trabajadores de confianza y la forma en que pueden acceder a una plaza de base. Su artículo 9 prevé diversos requisitos para que el trabajador tenga...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR