Tesis num. PR.A.CN. J/60 A (11a.) de Plenos Regionales, 09-02-2024 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación09 Febrero 2024
MateriaComún, Administrativa
EmisorPlenos Regionales

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones discrepantes al decidir si procede conceder la suspensión provisional contra la ejecución del Acuerdo relativo a la Convocatoria general para obtener patente de agente aduanal publicada el 22 de junio de 2023, que dejó insubsistente la segunda fase de esa convocatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 2023, para el efecto de que las autoridades responsables otorguen a la persona quejosa la posibilidad de inscribirse como participante. Mientras que uno consideró que sí procedía concederla, el otro sostuvo que debía negarse.Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que, en el supuesto examinado, no procede conceder la suspensión provisional para que las autoridades responsables otorguen a la persona quejosa la posibilidad de inscribirse como participante en la citada convocatoria.Justificación: Acorde con los artículos 107, fracción X, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 128, 129, 131, primer párrafo, 138 y 147 de la Ley de Amparo y con la doctrina jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno a la suspensión como medida cautelar de naturaleza restitutoria de tutela anticipada, destacadamente lo interpretado en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 22/2023 (11a.), en la cual la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la suspensión del acto reclamado es, por definición, un beneficio transitorio, es decir, aun cuando se conceda con un carácter restitutorio y exista identidad entre los efectos de una eventual sentencia favorable a la persona quejosa, ese beneficio durará únicamente hasta que la sentencia que se dicte en el cuaderno principal cause ejecutoria.Así, si las personas quejosas, a través de la suspensión, pretenden obtener un derecho del que carecían al promover el juicio, a saber, la posibilidad de su registro e inscripción en el procedimiento relativo a la convocatoria para obtener una patente aduanal, no procede conceder la medida cautelar porque la constitución de ese derecho es precisamente el objetivo final del juicio, de modo que...

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