Tesis num. IV.2o.P.3 P (11a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, 23-06-2023 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación23 Junio 2023
MateriaPenal
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito
Localizador [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Junio de 2023; Tomo VII; Pág. 6965
Hechos

Una persona fue vinculada a proceso por el delito de revelación de secretos equiparada previsto en el artículo 206 Bis del Código Penal para el Estado de Nuevo León, en virtud de que como trabajadora de la empresa ofendida y con motivo de sus funciones, obtuvo información (base de datos de clientes) que luego utilizó para favorecer a una diversa persona moral en la que participa como accionista. Inconforme con esta determinación promovió amparo indirecto y el Juez de Distrito le concedió la protección constitucional al considerar, entre otros motivos, que el objeto material del tipo penal descrito en esa porción normativa es la información que puede ser catalogada como "confidencial" o "reservada", en términos del artículo 3, fracciones XXXII y XXXIV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León –en su texto anterior a la reforma publicada en el Periódico Oficial local el 20 de agosto de 2021–, y no otro tipo de información, como sucede con la base de datos referida. En desacuerdo con ello, la parte ofendida interpuso recurso de revisión.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la información confidencial o reservada a que se refiere el delito de revelación de secretos equiparada previsto en el artículo 206 Bis del Código Penal para el Estado de Nuevo León, es la descrita en el diverso artículo 3, fracciones XXXIII y XXXV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de esa entidad federativa.

Justificación: El artículo 206 Bis del Código Penal para el Estado de Nuevo León fue adicionado por Decreto Número 300, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 19 de diciembre de 2008, como parte de un paquete de reformas complementario a la iniciativa de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado, con la finalidad específica de "correlacionar este dispositivo con el que se regula en la iniciativa de ley, en ese sentido". De ahí que la utilización en el referido artículo 206 Bis de los vocablos "información confidencial" e "información reservada" sólo puede ser entendida en la forma en que éstos son definidos en el artículo 3, fracciones XXXIII y XXXV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de esa entidad federativa, pues el propósito específico para el que fue creado el tipo penal de que se trata fue precisamente complementar esta ley; incluso, debe señalarse que entre los sujetos obligados, esto es, aquellos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR