Tesis num. III.3o.P.25 P (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 02-02-2024 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación02 Febrero 2024
MateriaPenal
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito

Hechos: En un juicio de responsabilidad societaria se decretó, como medida provisional, la prohibición a la demandada para que, entre otros aspectos, desempeñara algún cargo de administración dentro de la sociedad mercantil. Posteriormente, ésta denunció al actor ante el Ministerio Público por los delitos de fraude procesal, suplantación y falsificación de documentos, y solicitó la restitución provisional en sus derechos como accionista y administradora general única de dicha persona moral. Por ello, en la etapa de investigación inicial el Juez de Control llevó a cabo la audiencia de tutela de derechos solicitada, en términos del artículo 111 del Código Nacional de Procedimientos Penales, con la presencia del fiscal y del asesor jurídico de la víctima decretando, como medida provisional, su restitución en el cargo de administradora general única. Contra dicha medida el imputado promovió juicio de amparo indirecto, donde se le concedió la protección constitucional, en razón de que el Juez de Control transgredió los principios de contradicción e igualdad, al no haberlo citado. Inconformes con la sentencia protectora, la tercera interesada y la quejosa interpusieron recurso de revisión, en el que el ad quem advirtió una violación procesal de fondo, que condujo a otorgar una tutela más amplia.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la medida de restitución provisional prevista en el artículo 111 del Código Nacional de Procedimientos Penales en favor de la víctima, sólo procede en una etapa del proceso penal dirigida...

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