Tesis num. III.3o.P.4 P (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 07-01-2022 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación07 Enero 2022
MateriaPenal
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito

Hechos: A una persona que fue sentenciada por un delito cometido en grado de tentativa se le absolvió del pago de la reparación del daño, bajo el argumento de que, al no haberse obtenido un lucro, no hubo una afectación directa al ofendido con motivo de los hechos delictivos.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si existe un nexo causal entre los hechos (principales, preparatorios o accesorios) atribuidos al sentenciado (debidamente acreditados) y los daños resentidos por el ofendido, con independencia de que el delito se haya cometido en grado de tentativa, procede condenar al pago de la reparación del daño.


Justificación: La reparación del daño como derecho constitucional debe, en la medida de lo posible, anular todas las consecuencias del acto ilícito y restablecer la situación del ofendido o víctima como si no se hubiera cometido. Así, la procedencia de su condena depende de la existencia del nexo causal entre los hechos que se tuvieron por acreditados y el daño alegado, con independencia de que el delito se haya cometido en grado de...

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