Tesis num. III.2o.T.25 L (11a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 07-10-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación07 Octubre 2022
MateriaLaboral
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Hechos

En un juicio laboral la Junta proveyó de forma genérica respecto de todas las pruebas ofrecidas por la quejosa, señalando que se admitían en su totalidad, pero omitió proveer los actos preparatorios para el desahogo de dos elementos de convicción, a saber: la testimonial y la inspección en el domicilio del patrón.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que se actualiza una violación procesal en el juicio laboral cuando la Junta admite las pruebas ofrecidas sin pronunciarse sobre su preparación o desahogo, y ello trasciende al resultado del laudo.

Justificación: Lo anterior es así, ya que la Junta debe pronunciarse expresamente en relación con las pruebas ofrecidas, proveyendo lo necesario para su desahogo, pues si sólo se pronuncia con expresiones como "se admiten", "se admiten en su totalidad" o alguna otra, viola las reglas esenciales que regulan el juicio laboral, porque inobserva su obligación de verificar el debido desarrollo de la etapa de ofrecimiento, admisión y desahogo de las pruebas, conforme a los artículos 880 y 883 de la Ley Federal del Trabajo, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, porque en atención al derecho humano a la tutela judicial efectiva, no basta una declaración formal carente de efectividad, sino que es indispensable que exista, en primer lugar, un pronunciamiento expreso del material probatorio ofrecido y, en segundo, que la Junta provea lo necesario para su desahogo; de estimar lo contrario, se dejaría en estado de indefensión al oferente, al no tener preciso si se admitieron o no sus pruebas y con la posibilidad de que se aplique en su perjuicio el artículo 885 de la citada ley, al considerar que se...

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