Tesis num. III.2o.C.123 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 03-12-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación03 Diciembre 2021
MateriaCivil
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito

Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil se dictó sentencia condenatoria cuya ejecución se pretende, empero, no se cuenta con bienes embargados y se desconoce el domicilio actual del demandado, en virtud de haber dejado de habitar en el proporcionado en el juicio, sin haber informado el nuevo para fines del procedimiento, lo cual impide realizar el embargo de cualquier bien con base en el artículo 521 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, relativo al capítulo de embargos, el cual señala que debe darse al condenado oportunidad de señalar bienes para su embargo, para lo cual es necesaria su localización y en el capítulo XXVII del citado código, denominado "De la ejecución de las sentencias", no prevé cómo localizarlo.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando en un juicio ejecutivo mercantil en etapa de ejecución de sentencia, se desconoce el nuevo domicilio del demandado condenado y no existen bienes embargados, y toda vez que en el capítulo XXVII del Código de Comercio, denominado "De la ejecución de las sentencias", no se prevé cómo localizarlo, es aplicable, por analogía, el procedimiento previsto en el artículo 1070 del propio código, que específicamente versa respecto del supuesto en el cual se desconoce el domicilio del demandado y deba ser notificado.


Justificación: Lo anterior, porque a fin de no dejar paralizado el juicio ejecutivo mercantil en etapa de ejecución de sentencia, en virtud de existir en el juicio la necesidad de localizar el domicilio del demandado condenado, en el supuesto de que no existan bienes embargados, toda vez que en el capítulo XXVII del Código de Comercio, denominado "De la ejecución de las sentencias", no se prevé cómo localizarlo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR