Tesis num. II.4o.P.24 P (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 19-08-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación19 Agosto 2022
MateriaComún, Penal
EmisorCuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Hechos

El quejoso promovió juicio de amparo directo contra la sentencia dictada en su contra por el delito de homicidio con ventaja; argumenta que se actualizó la figura de exceso en la legítima defensa, porque utilizó un objeto punzocortante para privar de la vida a una persona que estaba ejecutando actos de violencia contra una mujer; sin embargo, el medio empleado no era racional ni proporcional para hacer cesar la agresión; no obstante, dicha figura la hizo valer hasta la segunda instancia y no formó parte de su teoría del caso en la etapa de juicio oral.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es posible analizar la figura de exceso en la legítima defensa tanto en segunda instancia como en el juicio de amparo directo, sin importar que no haya formado parte de la teoría del caso en la etapa de juicio oral.

Justificación: La legítima defensa se verifica cuando una persona evita o rechaza una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o de terceros; para ello se requiere no traspasar la necesidad de la defensa y que los medios empleados para impedir o repeler la agresión sean racionales, siempre que no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona que se defiende...

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