Tesis num. II.4o.P.39 P (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 19-08-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación19 Agosto 2022
MateriaConstitucional
EmisorCuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Hechos

El quejoso promovió juicio de amparo directo contra la sentencia dictada en su contra por el delito de homicidio con ventaja; argumenta que se actualizó la figura de exceso en la legítima defensa, porque utilizó un objeto punzocortante para privar de la vida a una persona que estaba ejecutando actos de violencia contra una mujer; sin embargo, el medio empleado no era racional ni proporcional para hacer cesar la agresión.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en aquellos casos en que una persona actúe en defensa de una mujer que padece actos de violencia, se deben armonizar las figuras de perspectiva de género y legítima defensa para determinar si está justificada la intervención defensiva.

Justificación: Las autoridades del Estado Mexicano, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben adoptar todas las medidas que sean necesarias para prevenir y combatir la violencia de género. Así pues, tomando en consideración el contexto de violencia que impera en nuestro país, sería justificado que cualquier persona que sea testigo de una agresión hacia una mujer intervenga para hacerla cesar, siempre que esa intervención sea necesaria y racional para repelerla. Estimar lo contrario, pudiera tener por efecto permitir que se normalice la violencia de género, pues al no ser permisible –o...

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