Tesis num. II.4o.P.34 P (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 08-04-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación08 Abril 2022
MateriaComún, Penal
EmisorCuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Hechos

El quejoso promovió juicio de amparo directo contra la sentencia de segunda instancia derivada de un procedimiento que se instruyó bajo el sistema penal acusatorio, que revocó la diversa absolutoria de primer grado y, en su lugar, estimó acreditada la materialidad del delito y la plena responsabilidad penal del acusado; sin embargo, ordenó la devolución de los autos al Tribunal de Enjuiciamiento para que, en continuación de la audiencia de individualización de sanciones y reparación del daño prevista en los artículos 408 y 409 del Código Nacional de Procedimientos Penales, impusiera las penas correspondientes.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la sentencia de apelación emitida dentro del sistema de justicia penal acusatorio, que revoca la absolutoria de primer grado, se pronuncia sobre la acreditación del delito y la plena responsabilidad penal del acusado y reserva jurisdicción para la individualización de las sanciones, constituye una decisión definitiva condenatoria en materia penal, que si bien no impone una pena de prisión, está precedida del análisis de tópicos que invariablemente llevarían a ello; por tanto, le resulta aplicable el caso de excepción previsto en el artículo 17, fracción II, de la Ley de Amparo, tocante a que la demanda en su contra puede presentarse dentro del plazo de hasta ocho años.

Justificación: La fracción II del precepto citado establece que el plazo para presentar la demanda de amparo será de hasta ocho años, cuando se reclame una sentencia definitiva en materia penal que imponga pena de prisión, supuesto normativo en el que encuadra la sentencia de apelación emitida en el sistema de justicia penal acusatorio que revoca la absolutoria de primer grado, pronunciándose sobre aspectos relacionados con la acreditación del delito y la plena responsabilidad penal, aunque reserva jurisdicción...

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